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Legislación › Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, por el que se aprueban medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía.

Disposición transitoria única. Solicitud de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social como artista en inactividad.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de diciembre de 2018 y la del 13 de marzo de 2019. Tachado: lo que se quitó (54 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria única. Solicitud de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social como artista en inactividad.
En el año 2019 la solicitud de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social como artista en inactividad, regulada en el artículo 249 ter del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, podrá realizarse hasta el 31 de marzo. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de marzo de 2019 En vigor BOE-A-2019-3481 Leer Qué cambió
29 de diciembre de 2018 Texto original Leer

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