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Legislación › Orden TEC/1420/2018, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los aspectos de detalle del Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y de la emisión del informe de verificación de la sostenibilidad regulados en el Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo.

ANEXO I

ANEXO I

Información mínima del sistema de gestión de la información

a. Licencia de actividad de la instalación, incluido el plano de disposición y las capacidades de las instalaciones de almacenamiento.

b. Registros de material sostenible entrante y saliente u obtenido y vendido, incluyendo declaraciones de sostenibilidad.

c. Registros de los informes periódicos sobre existencias iniciales y finales para materiales entrantes y salientes, sostenibles y no sostenibles.

d. Lista y contratos con todos los proveedores y destinatarios de material sostenible.

e. Lista y contratos con subcontratistas y proveedores de servicios relacionados con el material sostenible.

f. Registros relativos a la transferencia de datos a la EV que realizó la auditoría, a la entidad de supervisión del sistema nacional de verificación de la sostenibilidad y a la entidad de certificación responsable de la expedición de certificados de consumo y venta de biocarburantes.

g. Registros relacionados con la transferencia de datos hacia y desde cualquier base de datos utilizada.

h. Registros sobre las auditorías internas y externas efectuadas y, en su caso, no conformidades, acciones correctivas relacionadas y discrepancias identificadas dentro de la documentación.

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