Legislación › Orden APM/111/2018, de 25 de enero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Cava".
Artículo 58. Proclamación de las candidaturas.
Artículo 58. Proclamación de las candidaturas.
Finalizado el plazo de presentación de candidatos, la Junta Electoral proclamará las candidaturas salvo causa de inelegibilidad o no inclusión en el censo o subcenso, circunstancia que, denunciada o apreciada por la Junta Electoral, supondrá la exclusión de aquellos de sus miembros que incurran en la causa apreciada.


