Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 10.1-5 Cuota íntegra.
Artículo 10.1-5 Cuota íntegra.
La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cantidad fija señalada en el siguiente cuadro:
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Tipo de servicio |
Importe (euros) |
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1 |
Por la tramitación administrativa de las solicitudes de autorización o legalización, por cada solicitud: |
160 € cuando el presupuesto o la valoración de las obras sea igual o superior a 3.000 € |
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2 |
Por la tramitación administrativa de las solicitudes de autorización o legalización, por cada solicitud: |
80 € cuando el presupuesto o la valoración de las obras no supere los 3.000 €. |


