Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 14.3-1 Hecho imponible.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2017 y la del 11 de agosto de 2026.
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Artículo 14.3-1 Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación por las universidades públicas de la Comunitat Valenciana del servicio público de educación superior, en las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales. (Derogado)
2. No estará sujeta:
a) La matrícula de los créditos para adaptar a los nuevos planes de estudio los vigentes anteriormente.
b) La expedición de títulos, tarjetas, suplementos o duplicados por rectificación de la mención del sexo y nombre en el registro civil.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de agosto de 2026 En vigor | BOE-A-2026-19331 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2017 | Texto original | Leer |


