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Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.

Artículo 29.2-2 Exenciones.

Artículo 29.2-2 Exenciones.

Están exentos del pago de la tasa los centros sanitarios gestionados directamente por la Generalitat Valenciana o por sus organismos autónomos o entidades de derecho público. Esta exención no será aplicable a aquellos centros sanitarios públicos de titularidad de otras administraciones o que sean gestionados de forma indirecta en régimen de concesión o mediante cualquier otra modalidad de contratación.

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