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Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.

Artículo 24.1-5 Cuota íntegra.

Artículo 24.1-5 Cuota íntegra.

La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cantidad fija señalada en el siguiente cuadro:

Tipo de servicio

Importe (euros)

1

Expedición de segunda certificación o testimonio de resoluciones o certificaciones de documentos que consten en los autos, en las órdenes jurisdiccionales civiles y contencioso-administrativas

5,10

2

Expedición en soporte digital de copias de instrumentos que consten en los autos

10,20

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