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Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.

Artículo 27.1-1 Hecho imponible.

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Artículo 27.1-1 Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de trabajos facultativos de replanteo, dirección, inspección, revisión de precios o liquidación de obras públicas gestionadas por la Generalitat. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de agosto de 2026 En vigor BOE-A-2026-19331 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2017 Texto original Leer

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