Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 33.3-3 Devengo y exigibilidad.
Artículo 33.3-3 Devengo y exigibilidad.
1. El devengo se producirá en el momento en el que se adquieran los correspondientes impresos.
2. La exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar se realizará en el momento del devengo.


