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Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.

Artículo 31.3-1 Hecho imponible.

Artículo 31.3-1 Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de esta tasa los reconocimientos, las inspecciones o los demás servicios relativos a éstos, realizados por la conselleria competente en las materias que se enumeran en el artículo 31.3-4.

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