Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 7.2-2 Devengo y exigibilidad.
Artículo 7.2-2 Devengo y exigibilidad.
El devengo se producirá en el momento en que se adquieran los impresos cuya venta constituye el hecho imponible.
La exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar se producirá en el momento del devengo.


