Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 9.1-1 Hecho imponible.
Artículo 9.1-1 Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de esta tasa la realización de las actuaciones administrativas en materia de comunicación audiovisual que se enumeran en el artículo 9.1-5.
2. No se producirá el hecho imponible en los supuestos en que las actuaciones administrativas enumeradas en el artículo 9.1-5 se realicen como consecuencia de la rectificación de la mención del sexo y el nombre en el Registro Civil.


