Legislación › Resolución de 9 de febrero de 2018, conjunta de la Secretaría de Estado de Función Pública y de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre comisiones de servicio con derecho a indemnización.
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3. Régimen de resarcimiento
a) Se aplicará, con carácter general, el régimen de dietas previsto en el Real Decreto 462/2002, a la totalidad del personal comprendido en su ámbito de aplicación adecuándose la misma al principio de austeridad en el gasto público.
b) En las comisiones de servicio se autorizará el desplazamiento de un solo empleado público, evitando los desplazamientos de equipos de trabajo. Excepcionalmente, y previa autorización expresa del órgano competente para designar la comisión de servicios, a propuesta motivada del titular del órgano proponente, se podrá autorizar el desplazamiento de más de una persona para la misma reunión o acto.
c) En la memoria justificativa a que se refiere el punto 7 de la presente Instrucción, se deberá especificar la necesidad del personal en comisión de servicio formando parte de delegaciones oficiales.


