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Legislación › Resolución de 8 de febrero de 2018, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2018.

ANEXO VII

Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de marzo de 2018 y la del 2 de septiembre de 2018. Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (29 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO VII
Restricciones temporales a la circulación para la mejora de la seguridad vial en tramos con elevada siniestralidad -(apartado (apartado D.2.1 de la Resolución)
Todos los días del año (de 0:00 d
e 0
:00
a 24:00 horas) 2
4:00
Ctra.
·
Inicio
·
Final
·
Vehículos afectados
·
Sentido
·
P.K.
·
Población
·
P.K.
·
Población
·
N-340
·
957
·
Salida 278 de la A-7 (Nules).
·
997
·
Salida 997 a la AP-7 (Oropesa).
·
MMA > 7.5 t t.
·
Ambos sentidos.
·
N-340
·
1039,6
·
Peñíscola.
·
1058
·
Límite Castellón-Tarragona.
·
4 o más ejes.
·
Ambos sentidos.
·
N-124
·
45,990
·
Límite Álava-La Rioja (Briñas).
·
39,000
·
Gimileo.
·
4 o más ejes ejes.
·
Ambos sentidos.
·
N-232
·
446,710
·
Gimileo.
·
330,875
·
Límite Navarra-La Rioja (Alfaro).
·
4 o más ejes ejes.
·
Ambos sentidos.
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de septiembre de 2018 En vigor BOE-A-2018-12016 Leer Qué cambió
5 de marzo de 2018 Texto original Leer

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