Legislación › Ley
Ley 1/2018, de 6 de marzo, por la que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas y se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 7 de marzo de 2018 · Último cambio el 16 de marzo de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Exención de las exacciones relativas a la disponibilidad de agua.
- Artículo 3. Medidas laborales y de Seguridad Social.
- Artículo 4. Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.
- Artículo 5. Actuaciones en relación con la Política Agrícola Común (PAC) y la financiación de avales.
- Artículo 6. Dotación al Plan de Seguros Agrarios Combinados.
- Artículo 7. Exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica.
- Artículo 8. Préstamos de mediación del ICO.
- Artículo 9. Fondo Extraordinario de lucha contra la sequía.
- Artículo 10. Modificación del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
- Artículo 11. Régimen de contratación.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio para la liquidación del canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica correspondiente al ejercicio 2017.
- Disposición transitoria segunda. Autorización en relación al incremento del porcentaje de anticipo de pagos.
- Disposición transitoria tercera. Solicitudes del subsidio por desempleo o de la renta agraria presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley.
- Disposición adicional primera. Créditos presupuestarios.
- Disposición adicional segunda. Regla excepcional y temporal sobre la cesión de derechos al uso privativo de aguas en las demarcaciones hidrográficas con declaración de sequía vigente.
- Disposición adicional tercera. Apoyo a la agricultura territorial.
- Disposición adicional cuarta. Plan de choque para la optimización de recursos hídricos en la cuenca mediterránea. 2 redacciones · cambió el 16/03/2022
- Disposición adicional quinta. Campaña de sensibilización sobre nuevos hábitos y valores en torno al agua.
- Disposición adicional sexta. Impulso de la reutilización de aguas.
- Disposición adicional séptima. Banco Público del Agua.
- Disposición adicional octava. Reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas necesarias para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria en favor de los trabajadores eventuales agrarios de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura, afectados por el descenso de producción como consecuencia de la sequía.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
- Disposición final segunda. Modificación del apartado 3 del artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Disposición final tercera. Adición de una disposición final quinta bis en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Facultades de desarrollo.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- [firma]


