LexTotal

Legislación › Decreto-ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Disposición adicional tercera. Aplicación del régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de mayo de 2024 y la del 14 de diciembre de 2024. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional tercera. Aplicación del régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades.
A la documentación mencionada en el segundo párrafo del artículo 5 y en el primer párrafo del artículo 6, como también en la disposición adicional primera, se debe adjuntar, si procede, la documentación prevista en el artículo 39 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades a en las Illes Balears.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2025-720 Leer Qué cambió
29 de mayo de 2024 BOE-A-2024-16940 Leer

← Disposición adicional segunda Índice Disposición adicional cuarta →