Legislación › Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de renta valenciana de inclusión.
Artículo 4. Personas titulares, beneficiarias y destinatarias de la renta valenciana de inclusión.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de abril de 2018 y la del 1 de julio de 2020.
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Artículo 4. Personas titulares, beneficiarias y destinatarias de la renta valenciana de inclusión.
1. A los efectos de la presente Ley, ley, las personas destinatarias de la renta valenciana de inclusión serán tanto la persona titular como la o las personas beneficiarias que componen la unidad de convivencia definida en el artículo siguiente, siendo:
a) 1. Titular, la persona que solicita y a cuyo favor se concede la renta valenciana de inclusión inclusión, en nombre propio o en representación de la unidad de convivencia y que resulta ser la perceptora material de la misma, así como, en su caso, a cuyo nombre se establece el correspondiente instrumento de inclusión social y, en su caso, inserción laboral.
b) 2. Beneficiarias y beneficiarios, la persona o personas que conviven con la persona titular como miembros de la unidad de convivencia, según se define en el artículo 5 de la presente Ley. convivencia.
c) Destinatarias y destinatarios, 3. Destinatarias, la persona titular y la persona o personas beneficiarias a que se refieren los apartados anteriores.
2. Con carácter excepcional, y siempre que así se justifique expresamente en el informe social que a tal efecto elaboren los y las trabajadoras sociales de los servicios sociales de entidades locales, podrán ser personas destinatarias de la renta valenciana de inclusión aquellas personas en las que, aun no cumpliendo todos los requisitos establecidos, concurran circunstancias extraordinarias que las haga considerar en situación de especial vulnerabilidad, de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de julio de 2020 En vigor | BOE-A-2020-9590 | Leer | Qué cambió |
| 22 de abril de 2018 | Texto original | Leer |


