Legislación › Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.
Artículo 44. Aplazamientos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de abril de 2018 y la del 6 de octubre de 2022.
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Artículo 44. Aplazamientos.
1. En las acciones formativas de la enseñanza de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales, una vez superada la fase de selección y antes del inicio del curso, los seleccionados podrán solicitar aplazamiento por alguna de las causas del apartado 2, al jefe de la Jefatura de Enseñanza, quién valorará su concesión por una sola vez. Concedido el aplazamiento para participar en una nueva acción formativa que se convoque, la reserva de plaza queda supeditada a:
a) La superación de los reconocimientos o pruebas, médicas o psicofísicas de la nueva convocatoria.
b) El cumplimiento de los requisitos de la misma.
c) Que el contenido y desarrollo del proceso selectivo de la nueva acción formativa no haya sufrido modificaciones sustanciales.
d) El cese de la causa que motivó el aplazamiento.
2. Las causas por las que podrían aplazarse las distintas actividades formativas son las siguientes:
a) Necesidades del servicio debidamente motivadas y justificadas.
b) Enfermedad debidamente acreditada.
c) En el caso de las guardias civiles, encontrarse en periodo los casos de embarazo, parto o posparto acreditado mediante informe médico, o por hacer uso del permiso médico; disfrute de permiso por lactancia de un hijo menor de doce meses. meses; permiso por nacimiento para la madre biológica; permiso por adopción, por guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente; o permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo.
d) Razones excepcionales debidamente acreditadas.
3. Las plazas no cubiertas con motivo de aplazamientos podrán ser asignadas según el procedimiento establecido en la correspondiente convocatoria.
4. Si los motivos de la solicitud de aplazamiento están relacionados se encuentra relacionada con encontrarse las causas incluidas en periodo de embarazo, parto, posparto o lactancia de un hijo menor de doce meses de la guardia civil designada para asistir al curso correspondiente, será el apartado 2.c, resultará de aplicación lo establecido en el capítulo V de este Reglamento. V.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de octubre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-16197 | Leer | Qué cambió |
| 6 de abril de 2018 | Texto original | Leer |


