Legislación › Ley 1/2018, de 5 de marzo, de cuerpos y escalas propios del Consejo Consultivo de las Illes Balears.
Artículo 3. Situación administrativa del personal integrado.
Artículo 3. Situación administrativa del personal integrado.
El personal funcionario que, de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 1 de la presente ley y en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2010 ya mencionada, se integre en los cuerpos del Consejo Consultivo quedará, con respecto a su cuerpo de origen, en la situación administrativa que corresponda.


