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Legislación › Orden APM/307/2018 de 14 de marzo, por la que se aprueban los Estatutos de la Corporación de Derecho Público Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Guijuelo".

Artículo 25. Normas generales.

Artículo 25. Normas generales.

Los operadores y los miembros de los órganos de gobierno están sujetos a la:

a) Responsabilidad disciplinaria derivada del incumplimiento de los Estatutos, así como de los Reglamentos Internos y acuerdos legalmente adoptados por los órganos de gobierno de la Corporación en desarrollo de los mismos, con independencia de la eventual responsabilidad civil, penal o administrativa en que puedan incurrir.

b) Esta responsabilidad se exige mediante la tramitación del procedimiento disciplinario correspondiente, de acuerdo con el régimen de infracciones y sanciones tipificadas en estos Estatutos, en los Reglamentos Internos de desarrollo y de acuerdo con el resto de normativa que resulte de aplicación.

c) A lo largo del proceso estará garantizado que no se produzca indefensión, la audiencia al presunto infractor y que las resoluciones adoptadas sean motivadas y recurribles.

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