LexTotal

Legislación › Real Decreto 189/2018, de 6 de abril, por el que se establece el título de Técnico en comercialización de productos alimentarios y se fijan los aspectos básicos del currículo.

Artículo 2. Identificación del título.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de abril de 2018 y la del 29 de mayo de 2024. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 2. Identificación del título.
El título de Técnico en comercialización de productos alimentarios queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Comercialización de productos alimentarios.
Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
Duración: 2000 horas.
Familia Profesional: Comercio y Marketing y Hostelería y Turismo.
Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: CINE-3 b.
El título de Técnico se corresponde con un nivel 4A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10684 Leer Qué cambió
8 de abril de 2018 Texto original Leer

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →