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Legislación › Ley 1/2018, de 8 de febrero, de diálogo social y participación institucional en Aragón.

Disposición transitoria única. Adaptación de la participación institucional vigente.

Disposición transitoria única. Adaptación de la participación institucional vigente.

La participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de Aragón en los distintos órganos de participación institucional de la Administración de la Comunidad Autónoma deberá adaptarse a lo dispuesto en esta ley en un plazo máximo de seis meses desde su entrada en vigor. Mientras tanto, seguirán vigentes sus respectivas normas de organización y funcionamiento en lo que no se opongan a la presente ley.

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