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Legislación › Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública.

Artículo 10. Solicitudes incompletas o imprecisas.

Artículo 10. Solicitudes incompletas o imprecisas.

1. Si la solicitud no identificara de forma suficiente la información, se advertirá al solicitante de tal circunstancia y se le concederá un plazo máximo de diez días hábiles para su concreción, con indicación de la suspensión del plazo para dictar resolución y que, en caso de no hacerlo, se le tendrá por desistido. Para la concreción de la solicitud se ofrecerá asistencia.

2. Transcurrido el plazo sin haber concretado la solicitud se procederá a su archivo por desistimiento. Esto no será obstáculo para presentar una nueva solicitud.

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