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Real Decreto 235/2018, de 27 de abril, por el que se establecen métodos de cálculo y requisitos de información en relación con la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía en el transporte; se modifica el Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo; y se establece un objetivo indicativo de venta o consumo de biocarburantes avanzados.
En vigor Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital · Publicada el 1 de mayo de 2018 · Último cambio el 23 de julio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 23/07/2026
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Cálculo de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía suministrados en el transporte. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
- Artículo 4. Requisitos de información en relación con la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía suministrados en el transporte.
- Artículo 5. Sujetos obligados a la remisión de información relativa a la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía suministrados en el transporte.
- Artículo 6. Combustibles y energía suministrados en el transporte a incluir en la remisión de información acerca de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero.
- Disposición adicional única.
- Disposición transitoria única. Primer envío de la información prevista en el apartado 1 del artículo 4.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Incorporación de normas del Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final quinta. Autorización para la modificación del anexo de este real decreto.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO


