Legislación › Ley 4/2018, de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado.
Disposición adicional segunda. Voluntariado en la protección civil.
Disposición adicional segunda. Voluntariado en la protección civil.
La acción voluntaria en materia de emergencias y protección civil, a efectos de organización, funcionamiento y régimen jurídico, se regirá por su normativa específica, así como por las disposiciones de la presente ley, en lo relativo a derechos y obligaciones de las personas voluntarias, que tendrán carácter de mínimos. La presente ley se aplicará en todo caso con carácter supletorio.
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