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Legislación › Ley 3/2018, de 19 de abril, de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Aragón.

Artículo 3. Ámbito personal.

Artículo 3. Ámbito personal.

Podrán integrarse de forma voluntaria en el Colegio Profesional de Periodistas de Aragón los profesionales que lo soliciten y que se encuentren en posesión de alguno de los siguientes títulos universitarios:

a) Licenciatura en Periodismo.

b) Licenciatura en Comunicación Audiovisual.

c) Licenciatura en Ciencias de la Información.

c) Grado en Periodismo.

e) Grado en Comunicación Audiovisual.

f) Titulados en cualquier licenciatura o grado oficial universitario que estén en posesión de un título oficial de doctorado o máster universitario especializado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual.

g) Títulos en Periodismo o Ciencias de la Imagen Visual y Auditiva obtenidos en el extranjero y debidamente homologados por la autoridad competente.

h) Títulos oficiales equivalentes a los anteriores y homologados por la autoridad competente.

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