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Legislación › Instrumento de ratificación del Segundo Protocolo Adicional al Convenio europeo de asistencia judicial en materia penal, hecho en Estrasburgo el 8 de noviembre de 2001.

Artículo 29. Solución amistosa.

Artículo 29. Solución amistosa.

El Comité Europeo para los Problemas Penales se mantendrá informado de la interpretación y cumplimiento del Convenio y sus Protocolos, y facilitará cuando sea menester la solución amistosa de cualquier dificultad a que diera lugar su cumplimiento.

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