Legislación › Orden DEF/24/2018, de 11 de enero, por la que se regula la elaboración, acceso, custodia y utilización de los expedientes académicos del personal militar.
Artículo 10. Utilización del expediente académico.
Artículo 10. Utilización del expediente académico.
1. El expediente académico podrá ser utilizado, de acuerdo con las normas de custodia y acceso en los siguientes casos:
a) Evaluaciones para el ascenso, asignación de destinos, asistencia a cursos.
b) Evaluaciones de carácter extraordinario.
c) A petición del interesado.
d) En aquellos procesos selectivos en los que las bases de la convocatoria así lo determinen.
2. Cuando con carácter oficial sea necesario conocer o utilizar los datos contenidos en los expedientes académicos, se solicitarán del órgano responsable de su custodia.
3. Los interesados podrán tener acceso, conocimiento y copia auténtica de aquellos datos que soliciten de su expediente académico, mediante solicitud al órgano responsable de su custodia.


