Legislación › Real Decreto 6/2018, de 12 de enero, por el que se crea la Comisión Interministerial para la incorporación de criterios ecológicos en la contratación pública.
Artículo 5. Colaboración con terceros.
Artículo 5. Colaboración con terceros.
Para el desarrollo de sus funciones la Comisión podrá colaborar con expertos, interlocutores sociales, entidades y organizaciones públicas y privadas, e invitarlos a sus reuniones, donde se incorporarán con voz pero sin voto.
La colaboración descrita en el apartado anterior no generará gastos en aplicación del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.


