Legislación › Ley 2/2018, de 8 de mayo, de Casas de Cantabria.
Artículo 8. Derechos de las Casas de Cantabria en el orden sociocultural.
Artículo 8. Derechos de las Casas de Cantabria en el orden sociocultural.
El reconocimiento de las Casas de Cantabria conllevará, en materia sociocultural, para las entidades y sus socios y socias, el ejercicio de los siguientes derechos:
a) A la información de cuantas disposiciones y resoluciones se adopten por los órganos de gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) A estar presentes en cuantos actos sean organizados por la Comunidad Autónoma de Cantabria, y sus organismos en el ámbito territorial donde la Comunidad Cántabra desarrolle sus actividades.
c) A acceder al patrimonio cultural cántabro y, en particular, a los museos, bibliotecas, archivos y otros bienes culturales en las mismas condiciones que los ciudadanos residentes en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
d) A colaborar, en el marco de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en los medios de comunicación social dirigidos a los cántabros y cántabras dentro y fuera de Cantabria.
e) A colaborar en el impulso de las actividades culturales y espectáculos orientados a preservar y fomentar el disfrute de la cultura y tradiciones cántabras.
f) A acceder a los servicios de carácter social, lúdico y deportivo de titularidad o gestión de la Comunidad Autónoma de Cantabria, especialmente los destinados a la juventud o a la tercera edad, en las mismas condiciones que la ciudadanía residente en la misma.
g) A acceder a los procedimientos de ayudas del Gobierno de Cantabria para el cumplimiento de sus fines en igualdad de condiciones que las entidades domiciliadas en Cantabria.
h) A contar con un fondo editorial tendente a facilitar el conocimiento sobre la historia, la cultura, el turismo, el patrimonio cultural y la realidad social cántabra, para su exhibición, consulta o distribución entre sus socios y socias.
i) Al conocimiento y estudios de la cultura cántabra. A estos efectos, la Comunidad Autónoma de Cantabria podrá facilitar los recursos adecuados para la organización de cursos de historia y cultura cántabras.


