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Legislación › Ley 2/2018, de 8 de mayo, de Casas de Cantabria.

Disposición adicional tercera. Colaboración con otras Comunidades.

Disposición adicional tercera. Colaboración con otras Comunidades.

La Comunidad Autónoma de Cantabria promoverá las condiciones necesarias para que las casas o centros de iguales características a las cántabras que lo sean de otras Comunidades Autónomas o de otros países del mundo y estén asentadas en el territorio de Cantabria, colaboren y compartan la vida social y cultural de Cantabria.

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