Legislación › Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Artículo 2. Ministerio de Justicia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de junio de 2018 y la del 26 de agosto de 2018.
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Artículo 2. Ministerio de Justicia.
1. El Ministerio de Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de la Administración de Justicia, con rango de Subsecretaría, de la que depende dependen la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia. Justicia y la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos.
2.º La
3.º 2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Internacional, Relaciones con las Confesiones. Confesiones y Derechos Humanos.
B) La Subsecretaría de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General de los Registros y del Notariado.
3.º La Dirección General para la Memoria Histórica.
C) La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría.
2. Queda suprimida Quedan suprimidas la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos. Activos y la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de agosto de 2018 En vigor | BOE-A-2018-11838 | Leer | Qué cambió |
| 30 de junio de 2018 | BOE-A-2018-9033 | Leer | Qué cambió |
| 23 de junio de 2018 | Texto original | Leer |


