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Legislación › Ley 15/2018, de 7 de junio, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana.

Artículo 93. Infracciones muy graves.

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Artículo 93. Infracciones muy graves.
Se consideran infracciones administrativas de carácter muy grave:
1. El ejercicio de una actividad turística sin haber comunicado su inicio del modo legalmente determinado o sin la habilitación preceptiva para ello. determinado.
2. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, comercialización de cualquier dato o información que se incorpore a una comunicación actividades o declaración responsable.
3. No reunir
servicios turísticos sin disponer de los requisitos esenciales establecidos en la normativa vigente para el ejercicio de la actividad o no mantenerlos durante su ejercicio.
4. Carecer
de la documentación sustancial que, de acuerdo con la declaración responsable o comunicación presentada, las condiciones legalmente establecidas para obtener la persona interesada haya asegurado poseer, habiendo iniciado correspondiente inscripción en el ejercicio Registro de la actividad o prestación del servicio. Turisme Comunitat Valenciana.
5. 3. Carecer de la garantía exigida por la norma correspondiente o, disponiendo de la misma, que no alcance la cuantía exigida por la norma.
6. 4. No disponer de un plan de autoprotección inscrito en el Registro Autonómico de Planes de Autoprotección, en los supuestos en que ello es preceptivo.
7. El incumplimiento de la normativa de protección y prevención de incendios, medidas de seguridad, o de sanidad e higiene, cuando entrañe grave riesgo para la integridad física o salud de las personas.
8.
5. Cualquier acción que intencionadamente denigre las costumbres, tradiciones, creencias o indumentaria de una persona usuaria de servicios turísticos y no constituya una infracción penal.
9. 6. El incumplimiento de los derechos reconocidos a los trabajadores y trabajadoras de las empresas turísticas y de los prestadores de servicios turísticos por parte de las mismas y, por tanto, la falta de garantías de un empleo digno y de calidad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de agosto de 2024 En vigor BOE-A-2024-90168 Leer Qué cambió
1 de enero de 2023 BOE-A-2023-5482 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 BOE-A-2020-1010 Leer Qué cambió
8 de julio de 2018 Texto original Leer

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