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Legislación › Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad.

Artículo 22. Vertido de residuos domésticos y comerciales.

Artículo 22. Vertido de residuos domésticos y comerciales.

Para el 1 de enero de 2027, la cantidad de residuos domésticos y comerciales vertidos será como máximo del 25%.

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