Legislación › Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad.
Artículo 22. Vertido de residuos domésticos y comerciales.
Artículo 22. Vertido de residuos domésticos y comerciales.
Para el 1 de enero de 2027, la cantidad de residuos domésticos y comerciales vertidos será como máximo del 25%.


