Legislación › Orden APA/690/2018, de 19 de junio, por la que se regula la reserva marina de interés pesquero del Levante de Mallorca-Cala Rajada y se definen su delimitación y usos permitidos.
ANEXO 2
ANEXO 2
Acceso a la reserva marina
Las embarcaciones que accedan a la reserva marina para la práctica de actividades permitidas deberán comunicarlo al servicio de la reserva marina en los teléfonos del servicio de vigilancia indicados en la correspondiente autorización o contactando con el servicio por V.H.F., canal 16.
Ejercicio de las actividades permitidas
Pesca marítima profesional:
a. Todas las capturas que tengan lugar dentro de la reserva marina están sometidas a la limitación de tallas establecida en la normativa que las regule en el Caladero Nacional del Mediterráneo.
b. Las embarcaciones autorizadas sólo podrán ejercer la actividad con un único arte o aparejo en cada jornada de pesca, por lo que no está permitido simultanear modalidades ni tener a bordo o usar otros artes o aparejos.
c. Sólo se podrá llevar a bordo y utilizar en el conjunto de la reserva marina (aguas interiores y exteriores) un arte o aparejo cuya longitud máxima no exceda de lo indicado en el cuadro adjunto.
d. La actividad pesquera profesional dentro de la reserva marina no estará permitida los sábados, domingos ni festivos. Los artes deberán ser retirados el viernes a mediodía o a mediodía de la víspera del día festivo, y podrán volver a ser calados el domingo a partir de las 16:00 horas o la tarde del día festivo a partir de las 16:00 horas.
Las modalidades permitidas son:
Artes de enmalle
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Arte |
Periodo de uso |
Medidas técnicas |
Tiempo máximo de calada |
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Trasmallo para pescado y bolero. |
1 de abril a 31 de agosto. |
Máximo 1000 metros /embarcación. Mallas mínimas: Paño interior de 100 mm (4 pasadas). Paños exteriores de 200 mm. |
De 18:00 a 10:00. |
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Trasmallo para sepia. |
20 de enero a 30 de abril. |
Máximo 1000 metros / embarcación. Mallas mínimas: Paño interior de 80 mm (5 pasadas). Paños exteriores de 200 mm. |
De 17:00 a 09:00. |
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Trasmallo para langosta. |
1 de junio a 31 de agosto. |
Máximo 1000 metros / embarcación. Mallas mínimas: Paño interior de 133 mm (3 pasadas). Paños exteriores de 400 mm. |
De 18:00 a 10:00. |
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Beta para salmonete. |
15 de agosto a 31 de diciembre. |
Máximo 1000 metros / embarcación. Mallas mínimas: Paño interior de 50 mm (8 pasadas). Paños exteriores de 200 mm. |
3 horas, de prima o de alba. |
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Beta para verderol (S. dumerili). |
1 de enero a 30 de abril. |
Máximo 1000 metros / embarcación. Malla mínima de 80 mm (5 pasadas). |
3 horas, de prima o de alba. |
Artes de parada y otros
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Arte |
Periodo de uso |
Medidas técnicas |
Tiempo máximo de calada |
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Solta. |
1 de octubre al 31 de marzo. |
Malla mínima: 80 mm; Long. máx: 200 m |
Durante el periodo de uso |
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Almadrabilla. |
1 de febrero al 30 de abril. |
Malla mínima: 200 mm; Long. máx: 200 m |
Durante el período de uso. |
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Moruna. |
Todo el año. |
Mallas mínimas: cola 120 mm, rollos 100 mm, copo 50 mm. Longitud máxima de la cola será de 200 m y la de los rollos de 400 m. Altura máxima del arte: 40 m. |
Durante el período de uso. |
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Llampuguera. |
Según lo establecido en la Orden AAA/1688/2013, de 10 de septiembre, por la que se regula la pesca de la lampuga (Coryphaena hippurus) y especies asociadas, con el arte de lampuguera, en las aguas exteriores del archipiélago balear, salvo el descanso semanal, que será de las 00:00 h del sábado hasta las 24:00 h del domingo. |
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Jonquillero. |
1 de enero al 31 de marzo. |
Según construcción artesanal tradicional. |
Durante el período de uso. |
Aparejos de anzuelo
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Palangrillo. |
1 de septiembre a 29 de febrero. |
Máximo 500 anzuelos/embarcación. Anzuelos: 23 mm de largo por 9 mm de seno. En profundidades superiores a 30 metros. |
Una sola virada al día; lunes, miércoles y viernes |
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Fluixa para verderol (S. dumerili). |
16 de septiembre al 30 de noviembre. |
2 líneas por embarcación. |
Entre el orto y el ocaso del Sol. |
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Potera. |
Todo el año. |
1 línea con 2 poteras por pescador enrolado y presente a bordo. |
Del ocaso al orto del Sol. |
Características técnicas máximas de los buques
Las características técnicas máximas de los buques que podrán entrar a formar parte del censo serán:
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Parámetro |
Valor máximo |
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Eslora máxima |
11,08 metros. |
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Potencia máxima |
128 CV. |
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GT máximo |
7,06 GT. |
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Número máximo de tripulantes |
3. |


