Legislación › Orden TMS/693/2018, de 28 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina.
Artículo 3. Solicitudes.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de julio de 2018 y la del 25 de agosto de 2024.
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Artículo 3. Solicitudes.
1. En relación a Las personas interesadas podrán presentar las solicitudes de formación previstas en el artículo 9 del Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, los interesados podrán presentar: para
a) Una solicitud genérica,un tipo de curso, sin determinación de lugar y fecha concreta de impartición. cursos concretos, con fechas y lugar de celebración fijados previamente por el Instituto Social de la
b) Una solicitud específica para un curso concreto,Marina. En este supuesto, y una vez resuelta favorablemente la solicitud, si el solicitante no obtuviese plaza en dicho curso, su solicitud mantendrá su vigencia para Marina, utilizando el resto de cursos del mismo tipo modelo oficial establecido que se vayan realizando. estará disponible en las direcciones provinciales y
2. Cada solicitante de formación profesional marítimasanitaria locales del Instituto Social de la Marina podrá presentar Marina, en el portal de internet de la Seguridad Social y mantener vigentes un máximo en la Sede Electrónica de cinco solicitudes. la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.
3. 2. Las direcciones provinciales del Instituto Social de la Marina informarán a los interesados las personas interesadas en los cursos sobre el objeto, destinatarios, las personas destinatarias, contenidos de los mismos, niveles formativos que permitan obtener, perfil del de alumno y conocimientos previos que resulten recomendables para acceder a aquellos, con el fin de que los las personas solicitantes puedan formar criterio en orden a la elección del curso o cursos a demandar.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de agosto de 2024 En vigor | BOE-A-2024-17282 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2018 | Texto original | Leer |


