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Legislación › Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Disposición adicional centésima cuadragésima tercera. Plazo de vigencia de determinados convenios de colaboración.

Disposición adicional centésima cuadragésima tercera. Plazo de vigencia de determinados convenios de colaboración.

Se autoriza a la Administración General del Estado a celebrar los siguientes convenios con la Comunidad Autónoma de Canarias sobrepasando los límites temporales establecidos en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 2 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:

1. Convenio en materia de carreteras, con una duración de seis años para su ejecución y 3 años para la liquidación.

2. Convenio para la ejecución de las sentencias del Tribunal Supremo relativas a la ejecución del convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Canarias de carreteras de 31 de enero de 2006, modificado por adenda de 17 de noviembre de 2009 y 29 de diciembre de 2017, con una duración de 8 años.

3. Adenda al Convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Canarias de carreteras de 31 de enero de 2006, modificado por adenda de 17 de noviembre de 2009 y 29 de diciembre de 2017 para prorrogar su vigencia hasta 31 de diciembre de 2021.

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