Legislación › Ley 3/2018, de 24 de mayo, de protección y apoyo garantizado para personas con discapacidad en Castilla-La Mancha.
Artículo 7. Unidades de orientación y apoyo.
Artículo 7. Unidades de orientación y apoyo.
1. Se establecerán unidades provinciales de orientación y apoyo bajo la coordinación y asesoramiento de las Consejerías competentes en materia de servicios sociales y sanidad en las que se orientará e informará de todas aquellas cuestiones relacionadas con la garantía de los apoyos de las personas con discapacidad, y en particular acerca de la elaboración, seguimiento y puesta en marcha del plan personal de futuro.
2. La Administración autonómica podrá establecer mecanismos de colaboración con entidades de iniciativa social del ámbito de las personas con discapacidad o entidades tutelares para el ejercicio de estas funciones de información, orientación y mediación.


