Legislación › Real Decreto 818/2018, de 6 de julio, sobre medidas para la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos.
ANEXO I
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de julio de 2018 y la del 31 de diciembre de 2024.
Tachado: lo que se quitó (38 palabras). Subrayado: lo que se añadió (68 palabras).
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ANEXO I
Seguimiento e informes de emisiones atmosféricas
Cuadro A
Requisitos relativos a la información anual sobre emisiones a que se refiere el artículo 11, apartado 1
Elemento
·
Contaminantes
·
Serie cronológica
·
Fechas de información
·
Emisiones totales (1) por nomenclatura NFR (2) y por categoría de fuente (3).
·
‒ SO2, NOX, COVNM, NH3, CO.
‒ Metales pesados (Cd, Hg, Pb) (4).
‒ COP (5) [total de HAP (6), benzo(a)pireno, benzo(b)fluoranteno, benzo(k)fluoranteno, indeno(1,2,3-cd)pireno, dioxinas/furanos, PCB (7) y HCB (8)].
‒ Metales pesados (As, Cr, Cu, Ni, Se, Zn y los compuestos de estos metales) (9).
·
Cada año, desde 1990 hasta el año de información menos dos (X-2).
·
15 de febrero (12).
·
‒ PM2,5, PM10 (10), TPS (11) y CN (carbono negro).
·
Cada año, desde 2000 hasta el año de información menos dos (X-2).
·
(1) Se entiende por emisiones totales las establecidas en el artículo de este real decreto, según malla EMEP del Convenio LRTAP que excluye las Islas Canarias.
(2) Nomenclatura para informes (NFR), establecida por el Convenio LRTAP.
(3) Se informará sobre las emisiones naturales de conformidad con los métodos que figuran en el Convenio LRTAP y la guía para la producción de inventarios de emisiones de contaminantes atmosféricos del EMEP/AEMA. No se incluirán en los totales y se informará sobre éstas por separado.
(4) Cd (cadmio), Hg (mercurio), Pb (plomo).
(5) COP (contaminantes orgánicos persistentes).
(6) HAP (hidrocarburos aromáticos policíclicos).
(7) PCB (policlorobifenilos).
(8) HCB (hexaclorobenceno).
(9) As (arsénico), Cr (cromo), Cu (cobre), Ni (níquel), Se (selenio), Zn (zinc).
(10) Por «PM10», se entienden las partículas de un diámetro aerodinámico igual o inferior a 10 micrómetros (μm).
(11) TPS (total de partículas en suspensión).
(12) En caso de errores, debe presentarse nueva información en un plazo de cuatro semanas, como máximo, con una explicación clara de los cambios realizados.
Cuadro B
Requisitos relativos a la información sobre emisiones a que se refiere el artículo 11, apartado 2 11.2
Elemento ·
Contaminantes ·
Series cronológicas/años objetivo ·
Fechas de información ·
Emisiones totales por malla y por categoría de fuente (13). (1). ·
‒ SO2, NOX, COVNM, CO, NH3, PM10, PM2,5
‒ Metales pesados (Cd, Hg, Pb).
‒ COP (total de HAP, HCB, PCB, dioxinas/furanos). dioxinas/ furanos).
‒ CN (carbono negro). negro) (si se dispone de la información).
·
Cada cuatro años para el año de información menos dos (X-2) a partir de 2021 (14). 2025 (2). ·
1 de mayo (15). (3). ·
Emisiones de las Grandes Fuentes Puntuales (GFP) por categoría de fuente (13). (1). ·
‒ SO2, NOX, COVNM, CO, NH3, PM10, PM2,5
‒ Metales pesados (Cd, Hg, Pb).
‒ COP (total de HAP, HCB, PCB, dioxinas/furanos). dioxinas/ furanos).
‒ CN (carbono negro). negro) (si se dispone de la información).
·
Cada cuatro años para el año de información menos dos (X-2) a partir de 2021 (14). 2025 (2). ·
1 de mayo (15). (3). ·
Emisiones proyectadas, agregadas Proyecciones de emisiones por categoría de fuente de la nomenclatura NFR. ·
‒ SO2, NOX, NH3, COVNM, PM2,5 y y, si se dispone de la información, CN (carbono negro). ·
Bienal, incluyéndose los años de proyección 2020, 2025, 2030 y, si se dispone de la información, 2040 y 2050 a partir de 2019 (14). 2025 (2). ·
15 de marzo. ·
(13) (1) Según malla EMEP del Convenio LRTAP. CLRTAP.
(14) Primer reporte enviado (2) Los reportes enviados por España a la Comisión Europea en 2017 los años 2017, 2019, 2021 y 2023 en virtud de la Directiva (UE) 2016/2284 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre. diciembre de 2016, incluían proyecciones de emisiones agregadas.
(15) (3) En caso de errores, debe presentarse nueva información en un plazo de cuatro semanas, como máximo, con una explicación clara de los cambios realizados.
Cuadro C
Requisitos relativos a la información anual sobre emisiones a que se refiere el artículo 11, apartado 3
Elemento
·
Contaminantes
·
Series cronológicas/años objetivo
·
Fechas de información
·
Informe sobre los inventarios.
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‒ SO2, NOX, NMVOC, NH3, CO, PM2,5, PM10 y TSP.
‒ Metales pesados (Cd, Hg, Pb) y CN.
‒ COP [total de HAP, benzo(a)pireno, benzo(b)fluoranteno, benzo(k)fluoranteno, indeno(1,2,3-cd)pireno, dioxinas/furanos, PCB y HCB].
‒ Metales pesados (As, Cr, Cu, Ni, Se, Zn y los compuestos de estos metales).
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Todos los años (como se indica en los cuadros A y B).
·
15 de marzo.
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Cuadro D
Requisitos relativos a la información anual sobre emisiones a que se refiere el artículo 11, apartado 4
Elemento
·
Contaminantes
·
Series cronológicas/años objetivo
·
Fechas de información
·
Emisiones nacionales totales por categoría de fuente de la nomenclatura NFR (1).
·
‒ Metales pesados (As, Cr, Cu, Ni, Se, Zn y sus compuestos) (2).
‒ TPS (3).
·
Cada año, desde 1990 (desde 2000 en el caso de las TPS) hasta el año de información menos dos (X-2).
·
15 de febrero.
·
(1) Se informará sobre las emisiones naturales de conformidad con los métodos establecidos en el Convenio LRTAP y la guía para la producción de inventarios de emisiones de contaminantes atmosféricos del EMEP/AEMA. No se incluirán en los totales nacionales y se informará sobre estas por separado.
(2) As (arsénico), Cr (cromo), Cu (cobre), Ni (níquel), Se (selenio), Zn (zinc).
(3) TPS (total de partículas en suspensión).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2024-27287 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2018 | Texto original | Leer |


