Legislación › Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana.
Artículo 59. Acreditación de la fase previa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de enero de 2018 y la del 1 de enero de 2020.
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Artículo 59. Acreditación de la fase previa.
1. Corresponde al Ivaspe la realización de las pruebas de acreditación de la fase previa a quienes aspiren a ingresar en los cuerpos de Policía Local. El contenido de estas pruebas se desarrollará reglamentariamente. (Suprimido)
2. Las pruebas de evaluación de la fase previa, para la obtención del certificado de haberlas superado, se convocarán anualmente.
3. La validez de los certificados obtenidos será de dos años contados desde el día de la superación de las pruebas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-1010 | Leer | Qué cambió |
| 4 de enero de 2018 | Texto original | Leer |


