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Legislación › Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana.

Artículo 9. Convocatoria.

Artículo 9. Convocatoria.

La comisión se reunirá preceptivamente dos veces al año para aprobar la memoria de las actividades de coordinación realizadas en el ejercicio anterior y proponer a la persona titular del departamento del Consell competente en materia de Policía Local que la eleve al Consell, para su conocimiento y aprobación. De igual modo aprobará el plan de actuaciones a realizar en el ejercicio en curso. Asimismo, se reunirá cuantas veces lo requiera el cumplimiento de sus cometidos, previa convocatoria de la presidencia por propia iniciativa o a petición expresa de un tercio de sus componentes.

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