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Legislación › Real Decreto 864/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica.

Disposición adicional segunda. Unidades de supervisión de proyectos.

Disposición adicional segunda. Unidades de supervisión de proyectos.

La supervisión de proyectos a que se refiere el artículo 235 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014, en defecto de regulación específica del titular del Ministerio, corresponderá a las unidades integradas en los respectivos centros directivos y organismos del departamento competentes en la ejecución de obras públicas, por razón de la materia.

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