Legislación › Real Decreto 864/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica.
Disposición adicional cuarta. Consolidación de las Unidades TIC.
Disposición adicional cuarta. Consolidación de las Unidades TIC.
En el ejercicio de las funciones de impulso, coordinación y racionalización de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones del Ministerio y de sus diferentes organismos, la División de Tecnologías de la Información del Ministerio de Transición Ecológica promoverá, en colaboración con las Unidades competentes de los organismos públicos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
Asimismo, con el fin racionalizar del gasto y garantizar la no interrupción de los servicios básicos, se mantendrán los recursos TIC previamente consolidados en las unidades TIC de origen y con independencia del Departamento al que estén adscritos, articulándose los acuerdos de colaboración que resulten necesarios para la prestación de los servicios.
← Disposición adicional tercera Índice Disposición adicional quinta →


