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Legislación › Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible.

Artículo 13. Comisión Interdepartamental para la Cooperación Internacional al Desarrollo.

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Artículo 13. Comisión Interdepartamental para la Cooperación Internacional al Desarrollo.
1. La Comisión Interdepartamental para la Cooperación Internacional al Desarrollo es el órgano técnico de la administración de la Generalitat, adscrito a la conselleria competente en materia de cooperación internacional al desarrollo, al que corresponde asegurar la información, la coordinación, la coherencia y la complementariedad de la actividad de la administración de la Generalitat en el ámbito de la cooperación internacional al desarrollo, así como la coordinación de la política de cooperación con el resto de actividades exteriores de la Generalitat, y alinear y realizar el seguimiento de las políticas del Consell para la consecución de los Objetivos de Desarrollo de la Agenda 2030.
2. La presidencia de la Comisión Interdepartamental para la Cooperación Internacional al Desarrollo recaerá en un órgano directivo de la conselleria competente en materia de cooperación internacional al desarrollo.
3. La composición y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental para la Cooperación Internacional al Desarrollo se regularán reglamentariamente.
(Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-11959 Leer Qué cambió
16 de diciembre de 2017 Texto original Leer

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