Legislación › Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible.
Artículo 9. El Consell.
Artículo 9. El Consell.
Corresponde al Consell:
1. La formulación, la dirección y la evaluación de la política de la Generalitat en materia de cooperación internacional al desarrollo y cumplimiento de la Agenda Internacional de Desarrollo Sostenible.
2. Aprobar el Plan director de cooperación, a propuesta de la conselleria competente en la materia y previo informe del Consejo Valenciano de Cooperación Internacional al Desarrollo, y dar cuenta de su aprobación a Les Corts.
3. Al Consell corresponderá el desarrollo normativo de esta ley en todos aquellos aspectos que deban ser objeto de regulación reglamentaria.


