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Legislación › Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible.

Artículo 9. El Consell.

Artículo 9. El Consell.

Corresponde al Consell:

1. La formulación, la dirección y la evaluación de la política de la Generalitat en materia de cooperación internacional al desarrollo y cumplimiento de la Agenda Internacional de Desarrollo Sostenible.

2. Aprobar el Plan director de cooperación, a propuesta de la conselleria competente en la materia y previo informe del Consejo Valenciano de Cooperación Internacional al Desarrollo, y dar cuenta de su aprobación a Les Corts.

3. Al Consell corresponderá el desarrollo normativo de esta ley en todos aquellos aspectos que deban ser objeto de regulación reglamentaria.

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