Legislación › Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Artículo 88. Publicidad de las sanciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2020 y la del 30 de diciembre de 2023.
Tachado: lo que se quitó (63 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 88. Publicidad de las sanciones.
Las sanciones que se impongan por la comisión de infracciones muy graves, graves y leves previstas en esta Ley se harán públicas en el Portal de Transparencia, sin perjuicio de los supuestos en que deban ser objeto de publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y de que puedan hacerse constar en los informes del Consejo de Transparencia y Participación. (Suprimido)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2024-10766 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2020 | Texto original | Leer |


