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Legislación › Orden DEF/808/2019, de 17 de julio, por la que se determinan los cursos militares considerados de Altos Estudios de la Defensa Nacional.

Artículo 3. Catálogo de cursos militares considerados de altos estudios de la defensa nacional.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de agosto de 2024 y la del 6 de junio de 2025. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 3. Catálogo de cursos militares considerados de altos estudios de la defensa nacional.
1. Orientados a la capacitación del militar en el asesoramiento y la alta dirección, así como a la actualización de conocimientos para el desempeño de los cometidos de oficial general:
a) Diploma de estado mayor de las Fuerzas Armadas.
b) Actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general.
c) Alta gestión de infraestructuras y recursos patrimoniales.
d) Alta gestión de recursos humanos.
e) Alta gestión del recurso financiero.
f) Alta gestión logística.
g) Alta gestión administrativa y de la organización.
h) Altos Estudios de Inteligencia de la Defensa.
2. Relacionados con la cultura y diplomacia de defensa:
a) Defensa nacional.
b) Defensa nacional autonómico.
c) Defensa nacional
para jóvenes.
c) d) Monográfico de defensa nacional.
d) e) Altos estudios de la defensa nacional para oficiales superiores de países amigos.
3. Realizados en el extranjero:
a) Senior course, impartido en el NATO Defence College (NADEFCOL).
b) Los de defensa nacional y de estado mayor realizados en países extranjeros que hayan sido reconocidos como de altos estudios de la defensa nacional por el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-9740 Leer Qué cambió
28 de agosto de 2024 BOE-A-2024-17325 Leer Qué cambió
20 de marzo de 2023 BOE-A-2023-5259 Leer Qué cambió
18 de agosto de 2019 Texto original Leer

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