Legislación › Orden APA/63/2019, de 23 de enero, por la que se aprueba el primer Plan de Actuación del Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación (2018-2022).
Tercero. Unidades gestoras de los planes de actuación.
Tercero. Unidades gestoras de los planes de actuación.
1. Serán unidades gestoras del primer Plan de Actuación, la Subdirección General de Medios de Producción Agrícolas y OEVV del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Centro de Recursos Fitogenéticos del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria perteneciente al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
2. La responsabilidad de la gestión del mismo corresponde a cada unidad gestora, de acuerdo con lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 6 del Real decreto 199/2017, de 3 de marzo. No obstante, se podrán diseñar acciones específicas que sean responsabilidad conjunta de las dos unidades gestoras.
3. Para el desarrollo del primer Plan de Actuación, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Directora del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, en el ámbito de sus competencias, podrán establecer instrumentos de financiación plurianuales para la realización de actividades y convocatorias plurianuales de subvenciones públicas para la realización de acciones.


