Legislación › Orden ICT/851/2019, de 25 de julio, por la que se regula la declaración de fiestas de interés turístico nacional e internacional.
Artículo 5. Declaración de fiesta de interés turístico internacional.
Artículo 5. Declaración de fiesta de interés turístico internacional.
La declaración de fiesta de interés turístico internacional se otorgará a aquellas fiestas en las que, habiendo sido declaradas fiesta de interés turístico nacional con al menos cinco años de antigüedad, se estime que concurren relevantes circunstancias en cuanto a la promoción turística de España en el exterior.


