Legislación › Orden PCI/933/2019, de 11 de septiembre, relativa a la autorización de los regímenes aduaneros especiales de perfeccionamiento activo, de perfeccionamiento pasivo y de importación temporal.
Artículo 5. Autoridades aduaneras.
Artículo 5. Autoridades aduaneras.
Serán autoridades aduaneras en los términos del artículo 5.1 del Reglamento (UE) n.º 952/2013, de 9 de octubre de 2013, los órganos competentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Dirección General de Política Comercial y Competitividad, a efectos de la aplicación de la legislación aduanera en relación con las competencias indicadas en materia de autorización de una solicitud de un régimen aduanero especial de perfeccionamiento activo y de perfeccionamiento pasivo.


